Generalidades
Los Estándares de Conducta Empresarial (“Estándares”) de la Asociación de Nutrición Escolar (SNA) para la Junta Directiva de la SNA requieren que los miembros de la Junta observen altos estándares de ética personal y comercial en el desempeño de sus funciones. Como representantes de la SNA, se espera que practiquen la honestidad y la integridad en el cumplimiento de sus responsabilidades en la SNA y cumplan con todas las leyes y regulaciones aplicables.
Responsabilidad de informar
Es responsabilidad de todos los directores y funcionarios cumplir con las Normas y reportar violaciones o sospechas de violaciones de acuerdo con esta Política de denuncia de irregularidades. Se alienta a los directores y funcionarios a reportar información relacionada con violaciones de cualquier ley o regulación o de las Normas (incluidos, entre otros, (i) un abuso de autoridad, una mala gestión grave o un despilfarro grave de dinero; o (ii) un abuso sustancial o específico. peligro para la salud y la seguridad públicas) que dicho director o funcionario de buena fe tenga motivos razonables para creer que es creíble.
Sin represalias
Ningún director o funcionario que de buena fe denuncie una violación de las Normas sufrirá acoso o represalias. Esta Política de denuncia de irregularidades tiene como objetivo alentar y permitir que los directores, funcionarios y otras personas planteen inquietudes serias dentro de SNA antes de buscar una resolución fuera de SNA.
informes Violaciónes
Las sospechas de violaciones de las Normas deben informarse al Secretario/Tesorero de la SNA, quien tiene la responsabilidad específica y exclusiva de investigar todas las violaciones reportadas. Las infracciones deben presentarse por escrito y deben incluir tantos detalles y documentación como sea posible para facilitar una investigación.
Persona que informa
El Secretario/Tesorero de la SNA es responsable de investigar y resolver todas las quejas y alegaciones relacionadas con violaciones de las Normas. A su discreción, el Secretario/Tesorero del SNA asesorará al Director Ejecutivo y/o al Comité de Auditoría. Como presidente del Comité de Auditoría, el Secretario/Tesorero del SNA tiene acceso directo al Comité de Auditoría de la Junta Directiva y debe informar al Comité de Auditoría al menos anualmente sobre la actividad de cumplimiento.
Asuntos de Contabilidad y Auditoría
El Comité de Auditoría de la Junta Directiva deberá atender todas las inquietudes o quejas reportadas sobre prácticas contables corporativas, controles internos o auditorías. El Secretario/Tesorero notificará inmediatamente al Comité de Auditoría sobre cualquier queja de este tipo y trabajará con el comité hasta que se resuelva el asunto.
Actuar de buena fe
Cualquier persona que denuncie una infracción o una sospecha de infracción de las Normas debe actuar de buena fe y tener motivos razonables para creer que la información divulgada indica una infracción. Se considerará que ha cometido falta grave quien presente alegaciones que resulten no fundamentadas, que se demuestren haber sido formuladas con malicia o que se demuestren haber sido formuladas a sabiendas de que eran falsas.
Confidencialidad
Las infracciones o sospechas de infracciones pueden presentarse de forma confidencial o el denunciante puede presentarlas de forma anónima al Secretario/Tesorero de la SNA. Los informes de violaciones o sospechas de violaciones se mantendrán confidenciales en la medida de lo posible, de acuerdo con la necesidad de realizar una investigación adecuada.
Manejo de violaciones reportadas
El Secretario/Tesorero notificará al remitente y acusará recibo de la infracción denunciada o sospecha de infracción dentro de los cinco días hábiles. Todos los informes serán investigados de inmediato y se tomarán las medidas correctivas adecuadas si la investigación lo justifica.
Descargue la Política de denuncia de irregularidades de la SNA
Aprobado: octubre de 2007; Revisado en 2010-11; Revisado en abril de 2014